Gracias
al fenómeno constante de la migración en México en los últimos años, tanto
mexicanos como los mismos extranjeros se preguntan si ¿Es necesario que un
extranjero tramite una visa para estar en territorio mexicano? La respuesta es
sí, pues con la visa cualquier extranjero puede ingresar al territorio, además
podrá gozar de seguridad jurídica, así como la facilitación de derechos y
servicios que proporciona el gobierno mexicano y claro para llevar un control
migratorio adecuado.
Es
por eso por lo que a continuación, presentaremos los tipos de visas que se
pueden solicitar y sus trámites correspondientes.
I.
Visitante
Esta
vida permite ingresar a México, de manera temporal, con diferentes modalidades:
Con permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días, sin
permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días, visa
regional, visitante trabajador fronterizo y el que nos ocupa el visitante por
razones humanitarias, que sería la visa a favor de asilados, refugiados y
protección complementaria.
Esta
visa es requerida por víctimas de catástrofes naturales o violencia, también
para extranjeros cuya vida o integridad se encuentre en peligro o bien, que
ingrese para realizar acciones de auxilio o rescate en situaciones de
emergencia en el país. Los documentos que se solicitan varían en tres
categorías:
A)
Documentos necesarios:
- Carta responsiva por parte del promoverte,
asumiendo los gastos de viaje y permanencia que genere la estancia de la
persona extranjera en el país. Original.
- Pasaporte o documento de identidad y viaje que
sea válido conforme al derecho internacional y vigente de la persona
extranjera para la que se solicita visa. Copia.
B)
Por vínculo familiar:
1. Identificación
oficial vigente del promovente. Original y copia.
2. Actas de nacimiento
o matrimonio que acrediten parentesco. Original y copia.
3. Escrito libre con
firma autógrafa del promovente en el que señale que su familiar es víctima de
catástrofe natural o se encuentra en situación de peligro a su vida o
integridad por violencia o desastre natural. La resolución deberé considerar lo
señalado en el inciso a) del apartado de resolución de este límite. Original.
4. Certificado o
constancia médica en papel membretado, emitida por institución pública de
salud, en la que conste el estado de salud grave del promovente, que solicita
Visa para su familiar con el objeto de que le preste asistencia.
C)
Interés público:
1. Escrito en papel
membretado, suscrito por autoridad competente de alguna dependencia de la
Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, en el que expresamente
cite las disposiciones jurídicas y preceptos que facultan a quien lo suscribe
para realizar la gestión, y exponga las actividades o funciones específicas en
tiempo, modo y lugar que realizará la persona extranjera de acuerdo a lo
señalado en el inciso del apartado de criterios de resolución de este trámite.
Original.
Esta
visa es gratuita y puedes empezar tu solicitud en línea y una ves impresa, debes
terminar tu proceso en la oficina de atención a trámites del Instituto que
te corresponda de acuerdo al domicilio del interesando y en caso a que la
oficina quede lejos, puede solicitar informes a través de vía telefónica (800
00 46264)
II. Visa de residencia temporal
Esta visa se puede tramitar para viajar a México, para poder presentarte en lugares autorizados al tránsito internacional personal y si tú propósito sea permanecer en el territorio mexicano por un periodo mayor a 180 días, pero menor a 4 años. Los documentos que se solicitan son:
- Formato de solicitud de visa, original. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/220491/Solicitud_de_visa_Espanol_CNTSE_julio_2015.pdf
2. Pasaporte o
Documento de Identidad y Viaje vigentes conforme a derecho internacional.
Original y copia.
3. 1 fotografía.
4. Documento que
acredite tu solvencia económica. Original.
5. Documento que
acredite tu estancia legar (aplica si no eres nacional del país donde solicitas
la visa). Original y copia.
Esta
visa tiene un costo de $53.00 UDS
Las
opciones que tienen para tramitarla es:
a)
Por Internet: https://citas.sre.gob.mx/
III. Visa de residencia permanente
Esta
visa sirve para poder viajar a México, así como para presentarte en los lugares
autorizados al tránsito internacional o si tu propósito es permanecer de manera
definitiva en el país. Los documentos que son solicitados son los siguientes:
1.
Formato de solicitud de visa. Original.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/220491/Solicitud_de_visa_Espanol_CNTSE_julio_2015.pd
2.
Pasaporte o Documento de Identidad y
Viaje vigentes conforme a derecho internacional. Original y copia.
3.
1 fotografía.
4.
Documento que acredite tu solvencia
económica. Original.
5.
Documento que acredite tu estancia
legal (aplica si no eres nacional del país donde solicitas la visa). Original y
copia.
Esta
visa tiene un costo de $53.00 UDS
Las
opciones que tienen para tramitarla es:
a) Por Internet: https://citas.sre.gob.mx/
Cuando
un extranjero con residencia temporal desea cambiar su permanencia deberá
realizar el siguiente trámite:
I. Cambio de residencia temporal a residente
permanente
Este
cambio se puede hacer si, eres una persona extranjera titular de la condición
de estancia de residente temporal y han cumplido 4 años consecutivos, si son
jubilado/pensionado y reciben ingresos del exterior o por si desean participar
en el Sistema de Puntos. Para este cambio se necesitan los siguientes
documentos:
1.
Formato para solicitar trámite
migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de
internet, con firma autógrafa del promovente. Original. Se puede solicitar en
el siguiente link:
https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html
2.
Pasaporte, documento de identidad y
viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de
estancia de residente temporal, original y copia.
3.
Tarjeta de residente temporal, válida y
vigente. Original.
4.
Comprobante del pago de derechos por la
recepción y estudio del cambio de condición, de conformidad con lo establecido
en la Ley Federal de Derechos. Original.
5.
Acreditar algún supuesto y presentar el
documento correspondiente según sea el caso:
- Por sistema de puntos: documentos que
acrediten los indicadores y puntaje mínimo requeridos conforme al acuerdo
publicado en el Diario Oficial de la Federación. Original y Copia.
- Pensionados o jubilados:
- Comprobante de inversiones o cuentas
bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 25 mil días de Unidad
de Medida y Actualización (UMA) durante los últimos 12 meses, o;
- Documentos que demuestren que cuenta con
ingresos o pensión mensual libre de gravámenes equivalente a 500 días de
Unidad de Medida y Actualización (UMA), durante los últimos 6 meses.
Original y Copia.
- Hayan transcurrido cuatro años desde que
cuenta con permiso de residente temporal: indicar expresamente en los
comentarios de la solicitud del trámite que realizará el cambio por esta
vía y; Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que subsistieron
cuatro años como residente temporal. Descargar y requisitar. Original y
Copia.
Este
cambio tiene diferentes costos pues depende el concepto.
- Concepto A: por recepción, estudio, y en su
caso, autorización del cambio de condición, este cambio está en $1702.00
mxn.
- Concepto B: en caso de resolución positiva
deberá realizar ente pago, este monto es variable.
- Concepto C: por recepción, estudio, y en su
caso, expedición de documento que acredita Residencia Permanente (DRP),
este cambio está en $6495.00 mxn.
Este
cambio lo puedes realizar en:
1.
Línea: https://citas.sre.gob.mx/
2. Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto (https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/horarios-y-oficinas/) que corresponda al domicilio de la persona
interesada. Si la ubicación de la oficina es lejana, el Instituto Nacional de
Migración (INM) sugiere contactar por vía telefónica a dicha oficina para
solicitar informas para una oficina del INM más cercana al Domicio.
3.
Vía telefónica: ¡Ojo! esta opción solo es para orientar durante
el proceso, el número es 800 00 46264
Para
realizar por línea algún trámite relacionado con migración puede ser a través
de la “Formato para solicitar trámite migratorio de estancia”
el cual puedes acceder a dicha página fácilmente para tramitar otro tipo de
documento, aunque no se tramitan todo tipo de papeles, por ello te los
especifico aquí:
A) Extender la estancia, este trámite te da
dos opciones:
1. Expedición de Tarjeta de Residente por
Renovación.
2. Expedición de Tarjeta de Visitante por
Ampliación.
B) Cambiar condición de estancia, este trámite
te da siete opciones:
1. Cambio de condición a residente
permanente por unidad familiar.
2. Cambio de condición a residente temporal
por unidad familiar.
3. Cambio de condición a visitante por
razones humanitarias.
4. Cambio de condición de visitante por
razones humanitarias a residente permanente.
5. Cambio de condición de visitante por
razones humanitarias a residente temporal.
6. Cambio de condición de residente temporal
estudiante a residente temporal.
7. Cambio de condición de presidente
temporal a residente permanente.
C) Canjear o reponer documento migratorio,
este trámite te da tres opciones:
1. Canje de FMM por Tarjeta de Visitante o
de Residente.
2. Reposición de documento migratorio por
pérdida, robo o deterioro.
3. Expedición de Tarjeta de Residente cuando
se otorga la condición por acuerdo.
D) Obtener permiso para trabajar, este trámite
te da dos opciones:
1. Obtener permiso para trabajar como
empleador.
2. Obtener permiso para trabajar
(actividades independientes/ autoempleo).
E) Notificar cambios (residentes temporales y
permanentes) este trámite te da cinco opciones:
1. Notificación de cambio de lugar de
trabajo.
2. Notificación de cambio de domicilio.
3. Notificación de cambio de nacionalidad.
4. Notificación de cambio de estado civil.
5. Notificación de cambio de nombre.
F) Regularizar situación migratoria, este
trámite te da tres opciones:
1. Regularización por unidad familiar.
2. Regularización por razones humanitarias.
3. Regulación por tener documento vencido o
por realizar actividades no autorizadas.
G) Obtener permiso de salida y regreso.
Ahora
bien, si el trámite que vas a realizar encaja con uno de los que se acaban de
mencionar, te solicitarán tus datos en los siguientes apartados.
1.
Datos del
extranjero (conforme a pasaporte o documento de
identidad). En este apartado te piden lo siguiente:
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Nombre(s)
- Apellido(s)
- Sexo
- Fecha de nacimiento
- Nacionalidad actual
- Estado civil actual
2. Lugar
de nacimiento. En este apartado te piden lo siguiente:
- País de nacimiento
- Estado, provincia o departamento
3. Pasaporte o documento con el que se identifica el
extranjero. En este apartado te piden lo siguiente:
- Documento de identificación
- Número de documento
- País de expedición
- Fecha de expedición
- Fecha de vencimiento
4. Domicilio del extranjero en México. En
este apartado te piden lo siguiente:
- Código postal
- Estado
- Municipio o Alcaldía
- Colonia
- Calle
- Número exterior
- Número Interior
- Lada
- Teléfono fijo
5. Correo electrónico para notificar al
promovente. En este apartado te piden lo siguiente:
- Correo electrónico
- Correo electrónico (confirmación)
6. En su caso, persona autorizada para
tramitar, oír o recibir notificaciones
En
este apartado debes presentar el documento oficial de identificación que
registres, en original y copia. Además. Si deseas agregar personas autorizadas
es necesario efectuarlo y agregarlo en este apartado.
Secretaria
de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Formato para solicitar
trámite migratorio de estancia. Recuperado de https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/solicitud_estancia.html
Secretaria
de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Trámites. Recuperado
de https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html?a=thgeGuQHx2k%3D&tr=aMGJUsAf0Tk%3D&h_sdp00=giUnJ9XgtISVcdYJXduIGw%3D%3D
Secretaria
de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa de residencia
permanente. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-residencia-permanente/SRE236
Secretaria
de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa de residencia
temporal. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-residencia-temporal/SRE260
Secretaria
de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa de visitante con
permiso para realizar actividades remuneradas. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-visitante-con-permiso-para-realizar-actividades-remuneradas/SRE268
Secretaria
de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa por razones
humanitarias. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-por-razones-humanitarias/INM74
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