Trámite de visa

Gracias al fenómeno constante de la migración en México en los últimos años, tanto mexicanos como los mismos extranjeros se preguntan si ¿Es necesario que un extranjero tramite una visa para estar en territorio mexicano? La respuesta es sí, pues con la visa cualquier extranjero puede ingresar al territorio, además podrá gozar de seguridad jurídica, así como la facilitación de derechos y servicios que proporciona el gobierno mexicano y claro para llevar un control migratorio adecuado.

Es por eso por lo que a continuación, presentaremos los tipos de visas que se pueden solicitar y sus trámites correspondientes. 

I.       Visitante 

Esta vida permite ingresar a México, de manera temporal, con diferentes modalidades: Con permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días, sin permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días, visa regional, visitante trabajador fronterizo y el que nos ocupa el visitante por razones humanitarias, que sería la visa a favor de asilados, refugiados y protección complementaria.

Esta visa es requerida por víctimas de catástrofes naturales o violencia, también para extranjeros cuya vida o integridad se encuentre en peligro o bien, que ingrese para realizar acciones de auxilio o rescate en situaciones de emergencia en el país. Los documentos que se solicitan varían en tres categorías:

A) Documentos necesarios:

  • Carta responsiva por parte del promoverte, asumiendo los gastos de viaje y permanencia que genere la estancia de la persona extranjera en el país. Original.
  • Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente de la persona extranjera para la que se solicita visa. Copia.

B) Por vínculo familiar:

1.     Identificación oficial vigente del promovente. Original y copia.

2.   Actas de nacimiento o matrimonio que acrediten parentesco. Original y copia.

3.    Escrito libre con firma autógrafa del promovente en el que señale que su familiar es víctima de catástrofe natural o se encuentra en situación de peligro a su vida o integridad por violencia o desastre natural. La resolución deberé considerar lo señalado en el inciso a) del apartado de resolución de este límite. Original.

4.   Certificado o constancia médica en papel membretado, emitida por institución pública de salud, en la que conste el estado de salud grave del promovente, que solicita Visa para su familiar con el objeto de que le preste asistencia. 

C) Interés público:

1.     Escrito en papel membretado, suscrito por autoridad competente de alguna dependencia de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, en el que expresamente cite las disposiciones jurídicas y preceptos que facultan a quien lo suscribe para realizar la gestión, y exponga las actividades o funciones específicas en tiempo, modo y lugar que realizará la persona extranjera de acuerdo a lo señalado en el inciso del apartado de criterios de resolución de este trámite. Original.

Esta visa es gratuita y puedes empezar tu solicitud en línea y una ves impresa, debes terminar tu proceso en la oficina de atención a trámites del Instituto que te corresponda de acuerdo al domicilio del interesando y en caso a que la oficina quede lejos, puede solicitar informes a través de vía telefónica (800 00 46264)  

II.   Visa de residencia temporal

Esta visa se puede tramitar para viajar a México, para poder presentarte en lugares autorizados al tránsito internacional personal y si tú propósito sea permanecer en el territorio mexicano por un periodo mayor a 180 días, pero menor a 4 años. Los documentos que se solicitan son:

  1.  Formato de solicitud de visa, original.  https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/220491/Solicitud_de_visa_Espanol_CNTSE_julio_2015.pdf 

2.    Pasaporte o Documento de Identidad y Viaje vigentes conforme a derecho internacional. Original y copia.

3.     1 fotografía.

4.     Documento que acredite tu solvencia económica. Original.

5.     Documento que acredite tu estancia legar (aplica si no eres nacional del país donde solicitas la visa). Original y copia.

Esta visa tiene un costo de $53.00 UDS

Las opciones que tienen para tramitarla es:

a)      Por Internet: https://citas.sre.gob.mx/

III.    Visa de residencia permanente

Esta visa sirve para poder viajar a México, así como para presentarte en los lugares autorizados al tránsito internacional o si tu propósito es permanecer de manera definitiva en el país. Los documentos que son solicitados son los siguientes:

1.     Formato de solicitud de visa. Original.
 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/220491/Solicitud_de_visa_Espanol_CNTSE_julio_2015.pd

2.    Pasaporte o Documento de Identidad y Viaje vigentes conforme a derecho internacional. Original y copia.

3.    1 fotografía.

4.    Documento que acredite tu solvencia económica. Original.

5.    Documento que acredite tu estancia legal (aplica si no eres nacional del país donde solicitas la visa). Original y copia.

Esta visa tiene un costo de $53.00 UDS

Las opciones que tienen para tramitarla es:

a)      Por Internet: https://citas.sre.gob.mx/

 

Cuando un extranjero con residencia temporal desea cambiar su permanencia deberá realizar el siguiente trámite:

                I.  Cambio de residencia temporal a residente permanente

Este cambio se puede hacer si, eres una persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal y han cumplido 4 años consecutivos, si son jubilado/pensionado y reciben ingresos del exterior o por si desean participar en el Sistema de Puntos. Para este cambio se necesitan los siguientes documentos:

1.     Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente. Original. Se puede solicitar en el siguiente link:

                        


                                                     https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html

2.    Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de residente temporal, original y copia.

3.    Tarjeta de residente temporal, válida y vigente. Original.

4.    Comprobante del pago de derechos por la recepción y estudio del cambio de condición, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Derechos. Original.

5.    Acreditar algún supuesto y presentar el documento correspondiente según sea el caso:

    • Por sistema de puntos: documentos que acrediten los indicadores y puntaje mínimo requeridos conforme al acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Original y Copia.
    • Pensionados o jubilados:
    • Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 25 mil días de Unidad de Medida y Actualización (UMA) durante los últimos 12 meses, o;
    • Documentos que demuestren que cuenta con ingresos o pensión mensual libre de gravámenes equivalente a 500 días de Unidad de Medida y Actualización (UMA), durante los últimos 6 meses. Original y Copia.
    • Hayan transcurrido cuatro años desde que cuenta con permiso de residente temporal: indicar expresamente en los comentarios de la solicitud del trámite que realizará el cambio por esta vía y; Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que subsistieron cuatro años como residente temporal. Descargar y requisitar. Original y Copia.

Este cambio tiene diferentes costos pues depende el concepto.

  • Concepto A: por recepción, estudio, y en su caso, autorización del cambio de condición, este cambio está en $1702.00 mxn.
  • Concepto B: en caso de resolución positiva deberá realizar ente pago, este monto es variable.
  • Concepto C: por recepción, estudio, y en su caso, expedición de documento que acredita Residencia Permanente (DRP), este cambio está en $6495.00 mxn.

Este cambio lo puedes realizar en:

1.        Líneahttps://citas.sre.gob.mx/
2. Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto (
https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/horarios-y-oficinas/) que corresponda al domicilio de la persona interesada. Si la ubicación de la oficina es lejana, el Instituto Nacional de Migración (INM) sugiere contactar por vía telefónica  a dicha oficina para solicitar informas para una oficina del INM más cercana al Domicio.

3.      Vía telefónica: ¡Ojo! esta opción solo es para orientar durante el proceso, el número es 800 00 46264

 

Para realizar por línea algún trámite relacionado con migración puede ser a través de la “Formato para solicitar trámite migratorio de estancia” el cual puedes acceder a dicha página fácilmente para tramitar otro tipo de documento, aunque no se tramitan todo tipo de papeles, por ello te los especifico aquí:

A)     Extender la estancia, este trámite te da dos opciones:

1.       Expedición de Tarjeta de Residente por Renovación.

2.       Expedición de Tarjeta de Visitante por Ampliación.

B)     Cambiar condición de estancia, este trámite te da siete opciones:

1.       Cambio de condición a residente permanente por unidad familiar.

2.       Cambio de condición a residente temporal por unidad familiar.

3.       Cambio de condición a visitante por razones humanitarias.

4.   Cambio de condición de visitante por razones humanitarias a residente permanente.

5.   Cambio de condición de visitante por razones humanitarias a residente temporal.

6.       Cambio de condición de residente temporal estudiante a residente temporal.

7.       Cambio de condición de presidente temporal a residente permanente.

C)      Canjear o reponer documento migratorio, este trámite te da tres opciones:

1.       Canje de FMM por Tarjeta de Visitante o de Residente.

2.       Reposición de documento migratorio por pérdida, robo o deterioro.

3.      Expedición de Tarjeta de Residente cuando se otorga la condición por acuerdo.

D)     Obtener permiso para trabajar, este trámite te da dos opciones:

1.       Obtener permiso para trabajar como empleador.

2.       Obtener permiso para trabajar (actividades independientes/ autoempleo).

E)     Notificar cambios (residentes temporales y permanentes) este trámite te da cinco opciones:

1.       Notificación de cambio de lugar de trabajo.

2.       Notificación de cambio de domicilio.

3.       Notificación de cambio de nacionalidad.

4.       Notificación de cambio de estado civil.

5.       Notificación de cambio de nombre.

F)      Regularizar situación migratoria, este trámite te da tres opciones:

1.       Regularización por unidad familiar.

2.       Regularización por razones humanitarias.

3.   Regulación por tener documento vencido o por realizar actividades no autorizadas.

G)     Obtener permiso de salida y regreso.

 

Ahora bien, si el trámite que vas a realizar encaja con uno de los que se acaban de mencionar,  te solicitarán tus datos en los siguientes apartados.

1.     Datos del extranjero (conforme a pasaporte o documento de identidad). En este apartado te piden lo siguiente:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Nombre(s)
  • Apellido(s)
  • Sexo
  • Fecha de nacimiento
  • Nacionalidad actual
  • Estado civil actual

       2. Lugar de nacimiento. En este apartado te piden lo siguiente:

  • País de nacimiento
  • Estado, provincia o departamento

      3. Pasaporte o documento con el que se identifica el extranjero. En este apartado te piden lo siguiente:

  • Documento de identificación
  • Número de documento
  • País de expedición
  • Fecha de expedición
  • Fecha de vencimiento

        4. Domicilio del extranjero en México. En este apartado te piden lo siguiente:

  • Código postal
  • Estado
  • Municipio o Alcaldía
  • Colonia
  • Calle
  • Número exterior
  • Número Interior
  • Lada
  • Teléfono fijo

        5. Correo electrónico para notificar al promovente. En este apartado te piden lo siguiente:

  • Correo electrónico
  • Correo electrónico (confirmación)

        6. En su caso, persona autorizada para tramitar, oír o recibir notificaciones

En este apartado debes presentar el documento oficial de identificación que registres, en original y copia. Además. Si deseas agregar personas autorizadas es necesario efectuarlo y agregarlo en este apartado. 

 

Secretaria de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Formato para solicitar trámite migratorio de estancia. Recuperado de https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/solicitud_estancia.html

Secretaria de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Trámites. Recuperado de https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html?a=thgeGuQHx2k%3D&tr=aMGJUsAf0Tk%3D&h_sdp00=giUnJ9XgtISVcdYJXduIGw%3D%3D

Secretaria de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa de residencia permanente. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-residencia-permanente/SRE236

Secretaria de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa de residencia temporal. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-residencia-temporal/SRE260

Secretaria de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-visitante-con-permiso-para-realizar-actividades-remuneradas/SRE268

Secretaria de Gobernación. Instituto Nacional de Migración. (s.f.). Visa por razones humanitarias. Recuperado de https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-por-razones-humanitarias/INM74

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