Derechos de los migrantes


Imagen: Nueva Sociedad (octubre, 2015) Argentina y China: los actores del comercio sojero y el flujo migratorio. 
https://nuso.org/articulo/argentina-y-china-los-actores-del-comercio-sojero-y-el-flujo-migratorio/


La Suprema Corte de Justicia de la Nación, aborda los distintos derechos que protegen a las personas migrantes durante su tránsito y estancia en México, los cuales se encuentran reconocidos por las leyes mexicanas e internacionales. También se señalan las obligaciones que las instituciones de gobierno (como las autoridades migratorias) tienen que cumplir para respetar y garantizar sus derechos.

Las personas migrantes pueden encontrarse en una situación migratoria regular o en una irregular.  Esto se define a partir del cumplimiento o incumplimiento de los requisitos para ingresar a un país.

Los derechos más comunes y principales que tiene cualquier migrante son:

  • Derecho a la nacionalidad
  • Derecho al libre tránsito
  • Derecho a la asistencia consular
  • Derecho a no ser criminalizado
  • Derecho a acceder a los servicios educativos
  • Derecho a recibir atención médica urgente de manera gratuita
  • Derecho a realizar actos del estado civil
  • Derecho a la procuración e impartición de justicia
  • Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica
  • Derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, asilado político o apátrida
  • Derecho al libre retorno

Para saber cuáles son los derechos de una persona migrante en México es la Ley de Migración. En su artículo 6 se reconoce que todas las autoridades deben garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades sin importar si cuentan o no con un documento migratorio.

 

Recuperado en: Folleto informativo sobre los derechos de las personas migrantes (2023) https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/files/Publicaciones/archivos/2024-02/Folleto-migrantes.pdf

Es fundamental tener presente que la Corte estableció que la única autoridad que puede revisar documentos migratorios y de identificación a personas migrantes es el INM, pero no puede hacerlo en cualquier momento ya que la Corte determinó que no pueden revisar papeles en lugares como; carreteras, plazas, camiones, calles, etc., ya que son ilegales porque van en contra de la Constitución y derechos fundamentales como los de igualdad y no discriminación, libre circulación y tránsito, al igual que no pueden interrumpir algún albergue o refugio que se dedique al refugio de migrantes.

Existe también la detención migratoria de más de 36 horas ya sea por:

  • La persona no cuenta con ningún documento que demuestre su identidad (quién es o cuál es su nacionalidad).
  • La persona no trae consigo documentos de identidad y al momento de dictar o escribir su nombre no es el correcto, por lo que el país de origen no puede localizar el registro de esa persona.
  • La persona transita por un tercer país que le pide visa y el INM se tarda en conseguirla, o bien, cuando es por tierra y algún desastre natural impide que los vehículos pasen.
  • La persona que será deportada no puede viajar por vivir con una condición de discapacidad que se lo impide.
  • La persona presentó una demanda y de su resolución depende que pueda quedarse o no en el país.

Estos son algunos derechos que toda persona migrante debe de tener y exigirlos también. Aunque, las víctimas migrantes de un delito por parte de autoridades o particulares tienen derecho a denunciar estos hechos ante el Ministerio Público o la Policía de forma oral, por escrito, o por internet, siempre que así lo decidan y sin que puedan intimidarlas con deportarlas del país.

https://denuncia.org/

 

Instituciones que te pueden asesorar y ayudar en caso de que no conozcas tus derechos u otras adversidades:

ACNUR

Calz. Gral. Mariano Escobedo 526, Anzures, Miguel Hidalgo, CP 11590, Ciudad de México

55 5125 2800

https://www.acnur.org/

CICR

Calzada Gral. Mariano Escobedo 526-Piso 6, Anzures, Miguel Hidalgo, CP 11590, Ciudad de México

55 2581 2110

https://www.icrc.org/es/

COMER

C. Versalles 49, Juárez, Cuauhtémoc, CP 06600, Ciudad de México

55 5209 8800

https://www.gob.mx/comar

OIM

Montes Urales 770, Lomas de Chapultepec, Lomas de Chapultepec V Sección, Miguel Hidalgo, CP 11000, Ciudad de México

55 1545 4287

https://www.iom.int/es

Fuente:
Suprema Corte de Justicia de la Nación Catalogación. (noviembre, 2023). Folleto informativo sobre los derechos de las personas migrantes. Última revisión 14/06/2024
https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/files/Publicaciones/archivos/2024-02/Folleto-migrantes.pdf

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